Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: SIN LUGAR la oposición presentada por el ciudadano RAUL MENDOZA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 11.260.212, actuando en su carácter de SECRETARIO GENERAL del SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORA, SURTIDORES DE COMBUSTIBLES LIQUIDAS Y AFINES DEL ESTADO LARA, asistido por las abogadas DEISY ROJAS y MARIANDRY FENEITE, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 119.341 y 113.824 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 08 de agosto del año 2011. Así se decide.