este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a las ciudadanas MAYRA ALEJANDRA ROJAS BENITEZ y MARIA EUGENIA TORREALBA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos V-14.810.508, y V-14.591.390, actuando como madres y representantes de los niños, ya identificados, para gestionar todo lo referente a Fidecomiso, Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro y demás beneficios laborales, Pensión de Sobreviviente ante el Instituto Venezolano de Seguro Social, retira dinero en las diferentes cuantas de Entidades Bancarias que se encuentren a su nombre, reintegro de la Ley de Política Habitacional, Póliza de Vida y Póliza de Muerte por Accidente en Seguro Mercantil y todos los demás derechos sucesorales que son acreedores nuestros hijos,.....