este Juzgado Mixto Cuarto en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al ciudadano ALVARO ANTONIO JACOME FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.714.302, de estado civil soltero, hijo de Otoniel Jácome y Cruz del Carmen Flores, de 31 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido el 10-04-71, residenciado en Fundación Mendoza, cuarta Etapa, Calle San Blas, casa Nº 10-191. Valencia Estado Carabobo. por el lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con los artículos 42 y 44 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo cumplir con todas las condiciones impuesta en la presente decisión Ofíciese a la Oficina de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario lo conducente, Notifíquese., Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisió.....