DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente IDENTIDAD OMITIDA,, plenamente identificada, a cumplir las siguiente sanciones:
Amonestación.
Imposición de Reglas de Conducta: por el lapso de dos (02) años, se le imponen las siguientes obligaciones:
1) Residir en un lugar determinado y comunicar cualquier cambio de residencia.
2) Someterse a la vigilancia de una persona determinada en este caso de su madre Ana Pastora González que informara regularmente al tribunal.
3) Prohibición de portar armas de fuego, chopo o facsímiles, arma blanca o cualquier tipo, como sus balas y municiones.
4) Comenzar o finalizar la escolaridad básica sino la tiene cumplida, aprender una profesión u oficio consignar constancia ante el tribunal de control.
5) No salir después de las 10:00 p.m y prohibición de pernoctar fuera de su residencia al menos que sea a.....