PRIMERO: HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL de fecha 26 de Enero de 2018, cursante al folio 46 al 48 pieza 5, en los mismos términos en ella contenidos, celebrada por las parte en este proceso que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguida por TULIO RAFAEL FIGUEROA CORTEZ, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ LOPEZ, JORGE ANTONIO ZAMBRANO, WILFREDO JESUS MORILLO FREITEZ, WILLIAM GREGORIO ARANGUREN, PABLO JOSE PEREZ GOMEZ, HILDEMARO VICENTE SALMERON NARANJO, JESUS MARIA GOMEZ MELENDEZ, titulares y portadores de las Cédulas de Identidad Nro. V-.12.241.488, 10.779.173, 12.699.768, 9.619.444, 9.580.490, 7.371.121, 11.264.405, 5.920.771, antes identificados, contra ALMACENADORA NUEVA SEGOVIA C.A. Y MANUEL ANGEL GARCIA, titular de la cedula de identidad N V- 1.263.468, antes identificado; confiriéndole el carácter de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión.