Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Ciudadano José Gregorio Martínez, en su condición de Imputado, asistido por el Abg. Alberto Ramón Pérez Isarza, ya que la presunta violación de derechos constitucionales CESÓ, cuando la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 27 de Septiembre de 2013, se pronunció respecto a la solicitud realizada por el accionante, con respecto a la solicitud de Archivo Judical, el cual le fue DECRETADA en el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2012-024994, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por el accionante en su soli.....