D I S P O S I T I V A
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos: ALEXIS ANTONIO ESCOBAR OVIEDO, titular de la cédula de identidad N° 15.886.264, nacido el 04-06-1981, nacido en Barquisimeto, edad 26 años, hijo de Juan Alexis Escobar y Elvia Oviedo, estado civil soltero, profesión u oficio mecánico de la Compañía la arenera Río Sele CA, grado de instrucción 1° año de bachillerato, domiciliado en el Caserío la Morita Vía Acarigua casa S/N es un campo de una sola calle la casa queda diagonal a la Escuela del Caserío y al lado de la cancha deportiva. (Telf. 0416-9599937 y 0426-8088090).
Se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Publico, por considerar que las mismas son necesarias, ilícitas, legales, útiles y pertinentes. Se emplaza a las partes para que en el plazo comú.....