este Juzgado tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble: Parcela de terreno propio y casa quinta sobre ella construida, con un área aproximada de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS (114,00 mts2), y sus linderos son: NORTE: En línea de 6,40 mts con pared perimetral del Edificio recreacional del urbanismos; SUR: En línea de 17,80 mts con calle 3 que es su frente; ESTE En línea de 6,40 mts con la parcela E-69; y, OESTE: En línea de17,80 mts con parcela E-67. Inmueble ubicado en Tarabana, sector La Uveda, distinguida con el N° E-68, Municipio Palavecino del estado Lara; perteneciente al ciudadano GUSTAVO JOSE ARAMBULET RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.596.339, según consta en documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Munic.....