Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la reconvención interpuesta por la ciudadana IRMA ELENA BRICEÑO CALLES de PINEDA contra el ciudadano OSEAS GELACIO SANCHEZ ESCALONA, ambos ya identificados; DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano OSEAS GELACIO SANCHEZ ESCALONA contra la ciudadana IRMA ELENA BRICEÑO CALLES de PINEDA, ambos ya identificados; en consecuencia, SE CONDENA a la demandada, a pagarle al demandante, las siguientes cantidades: 1) CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 4.200.000,oo), por concepto de indemnización de los daños materiales sufridos por el vehículo; y, 2) la cantidad que corresponda a la corrección monetaria de dicha suma, calculada en base a los Índices de Precios al Consumidor, tomando como día a quo el 04 de febrero del año dos mil y como día a quem la fecha de la efectiva rea.....