Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, fija el régimen de convivencia familiar de la siguiente manera:
¿ La madre, podrá visitar a su hijo en su casa todos los días dentro del horario comprendido desde las 3:00 p.m. hasta las 6:00 p.m. En este tiempo podrá ayudar al niño en sus tareas escolares, así como estar pendiente de lo que le soliciten en la escuela, para proporcionárselo si le es posible y así colaborar con la madre sustituta.
¿ Las ciudadanas Bety Hercilia Gómez e Iris Emilia Chirinos se alternaran los fines de semanas, donde la madre buscará al niño los sábados a las 12:00 a.m. y lo entregará a la madre sustituta ese mismo día a las 7:00 p.m. e igualmente el domingo dentro del mismo horario. Esta forma de visitas comenzará por la madre ciudadana Bety Hercilia Gómez, es decir, el primer f.....