Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de Desalojo, intentada por el Abogado JOSE MARCELINO GIL LUCENA, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas NORA MARIA ALVARADO, MARIA VERONICA ALVARADO DE DELGADO, ANA MERCEDES ALVARADO DE CORTEZ, JESUS MARIA ALVARADO YEPEZ, MARGARITA YEPEZ, contra de la ciudadana ROMELIA ESCOBAR DE JIMÉNEZ.
SEGUNDO: En consecuencia se ordena que la ciudadana ROMELIA ESCOBAR DE JIMÉNEZ, entregue el inmueble ubicado de la urbanización La Planta, Calle 3, Casa Nº 4-54, al lado de la Escuela Misión Rivas de la ciudad de el Tocuyo, Municipio Moran del Estado Lara, libre de personas y cosas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, de co.....