REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-V-2005-004031
Vista la TRANSACCION de fecha 23/10/09, presentada por la demandante Empresa CONSTRUCCIONES URBANAS 888, C.A., representada por su directora LUISA BELTRAN DE ALBANESE, en ejercicio de su cargo y como abogado en ejercicio y por la otra la ciudadana SARA SALDIVIA MARQUEZ, actuando en representación de la Empresa ROCHADALE CORP, asistida por el abogado en ejercicio MARIA MERCEDES FERNANDEZ M., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 29.350, parte demandada en la presente causa; en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, donde celebran la Transacción Judicial que permita poner fin al presente litigio y solicitan su Homologación. Ahora bien, se observa que en fecha 27 de Julio del 2009, se declaro perimida la presente causa, la cual todavía no ha quedando firme, se puede desistir en cualquier estado y grado que se encuentre de la causa y siendo que la anterior transacción se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que la transacción fue suscrito por ambas partes, arriba identificados, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en el Cuaderno Separado de Medidas KH01-X-2006-00026, en fecha 28/03/06, con oficio Nº 0900-750. Líbrese Oficio al la Oficina Inmobiliaria del Primer Circuito de Registro Publico, Municipio Iribarren del Estado Lara y déjese copia certificada del oficio en el cuaderno separado. Se da por terminado el presente juicio, archívese el expediente en su oportunidad para su guarda y custodia.-
El Juez, La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte. Abg. Bianca Escalona.
Seguidamente se oficio bajo el Nº 0900-2471.
HRPB/BE/ij.