UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha ACTA DE DEFUNCION, del ciudadano ABRAHAN ANTONIO JIMENEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de cédula de identidad Nº V-10.125.287, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el Estado Civil de su padre como: "VIUDO", así mismo se asiente correctamente la cantidad de hijos como: "CINCO HIJOS".- En consecuencia, se ordena a la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en el Acta de Defunción signada bajo el Nº 23, de fecha 02-03-2007. Queda firme en esta misma fecha.-