REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-000519
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano: ABEL JOSE SANGRONIS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 14.759.937, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs F. 40.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de el ciudadano ABEL JOSE SANGRONIS PEREZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: ASENTAMIENTO CAMPESINO EL CUJI SECTOR ANDRES BELLO, JURISDICCION DE LA PARROQUIA EL CUJI, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de veinte metros con terrenos que fueron ocupados por Abner Sangronis, SUR: En línea de veinte metros con la carrera 11 que es su frente, ESTE: En línea de veintitrés metros con terrenos que son o fueron ocupados por Eli Sequera de Tomati y OESTE: En línea de veintitrés metros con terrenos ocupados por la calle 5. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA
ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. LUISA AGUERO
HRPB/LaAe/chaus3.-.
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