IV
Decisión
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de suspensión de efectos, solicitada por JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 53.414, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PROMOTORA TÁNTALO, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto a los siete (07) días del mes de Mayo del año dos mil ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,
Dr. Freddy Duque Ram.....