DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 364, 365 y 366 del Código Orgánico Procesal, declara POR UNANIMIDAD: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JUAN CARLOS ÁLVAREZ BORGES, Venezolano, cédula de identidad 17.506.731, fecha de nacimiento 03-10-80, 30 años de edad, natural de Barquisimeto, estado Lara, hijo de Doris Borges y Orlando Alvarez, de ocupación Obrero, soltero, residenciado en el Barrio Oreganal, en la calle Principal, rancho color azul, casa S/N, en la entrada del Mirador del Manzano, al final terminando la carretera, estado Lara, por los delitos de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º del Código Penal, con la agravante Del artículo 217 de la Ley Orgánica para la.....