En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra los ciudadanos RAFAEL EDILCIO RODRIGUEZ GARCIA, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.667.985, apodado "El ROJO", residenciado en la Urbanización Rafael Caldera, segunda etapa, avenida 2 con calle 3, casa número 28 de Barquisimeto del Estado Lara, y el ciudadano LUIS JOSE BORAURE COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.334.149, apodado "El Luigi", domiciliado en la urbanización Rafael Caldera, calle 6, casa Nº 11, de Barquisimeto del Estado Lara, conforme a lo establecido en el articulo 250 ordinales 1°,2° y 3° articulo 251 y articulo 252 ordinal 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal.- Asimismo una vez ejecutada la orden de aprehensión decr.....