Este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena:
PRIMERO: La entrega en calidad de Depósito al ciudadano ROBER JOSE GARCES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.369.496, residenciado en Urbanización Playa Bonita Etapa Nº 48, Quibor Municipio Jiménez del Estado Lara, del vehículo Marca Toyota, Clase Rústico, Tipo Station Wagon, Modelo Samuray, Color Negro, Placas XKN – 505, Uso Utilitario, Año 1983, Serial de Carrocería FJ62904109 (FALSO), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, mientras el Ministerio Público formula el acto conclusivo pertinente.
SEGUNDO: Se prohíbe al Depositario la ejecución de cualquier acto que pueda significar el traslado de la posesión o de la propiedad del vehículo, so pena de la posible imposición de sanciones .....