En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Mixto en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ARDEIVID JESÚS PEÑA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido el 20/04/1984 en ésta ciudad, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.642.289, de estado civil soltero, de ocupación Estudiante, hijo de Nelly María Peña Parra y Arnoldo José Morales, residenciado en Urbanización Brisas de Tarabana, calle 1 casa Nº 1, Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, asistido por el Defensor Privado Abogado José Castillo, por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.
SEGUNDO: Se ordena el cese de las Medidas de Coerción Personal dictadas en contra del ciu.....