Se declara sin lugar el recurso intentado por el ciudadano Fidel Darío Montes de Oca Camacho, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V- 7.390.761, de este domicilio, representado judicialmente por los abogados José Agustín Ibarra, Anakary Zambrano y Eumary Bravo, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 56.464, 108.748 y 108.683 respectivamente, de este domicilio, en contra del Municipio Iribarren del Estado Lara, representado judicialmente por el Síndico Procurador del Municipio Iribarren del Estado Lara, abogado José Emilio Jiménez Mendía, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.126 y/o su apoderada sustituta, Alba Cristina Sosa Sosa, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 83.047.