este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del circuito Judicial Penal del estado Lara, Acuerda: PRIMERO: Se ordena oficiar al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que por distribución le corresponda conocer el conocimiento del presente asunto, en atención a la vigilancia penitenciaria, al penado VICTOR MANUEL LINAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.347.005, venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 19 años de edad, nacido en fecha 04-10-1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de Nelly Linarez y de padre desconocido, residenciado en: urbanización José Ángel Lara, Los Cerrajones, Condominio 8, Casa N° 2 Barquisimeto Estado Lara, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Aragua,, ubicado en el mencionado Estado, en atención al contenido del articulo 481 del texto adjetivo penal, remitiendo anexo copia certificada del presente auto, así como el cómputo efectuado.....