Por cuanto de la revisión del presente asunto se observa al folio treinta y tres ; escrito de fecha ; 07 de diciembre del 2006, suscrito por el Imputado; José Gregorio Ollarves Aponte y el Abogado Ramón Aguilar, dada su designación como abogado de confianza y la aceptación del mismo , en consecuencia procedo a Inhibirme de la presente causa, en virtud el referido abogado en fecha; 26 de septiembre del 2001, en la causa Número; KJ01-X-2001-34 / KP-1-S-2001-958, interpuso Recusación en mi contra, la cual fue declarada con lugar por la Corte de Apelación de este Circuito Judicial Penal, fundamentando la misma en el articulo 83, ordinal 4, del Código Orgánico Procesal Penal, con la reforma articulo 86, ordinal, 4, como lo es Enemistad manifiesta, la cual deduce de la imparcialidad en la presente causa por parte del suscrito.
Asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo, 94 de la referida ley, se ordena a los fines de no detener el curso del proceso, pas.....