Consta en auto que el penado JUAN CARLOS NAVAS MOSQUERA entro detenido el asunto KP01-P-2004-001356, el 10.12.2004 y salió en libertad en fecha 27.04.2005, por lo que estuvo 4 MESES Y 17 DÍAS. En el asunto KP01-P-2005-007923 consta que entró el 15.06.2005, por lo que lleva detenido 04 AÑOS, 05 MESES Y 23 DÍAS, que sumados al lapso anterior resulta un total de detención de 04 AÑOS, 10 MESES, 10 DÍAS, pero al mismo tiempo en fecha 20.04.07 le fue redimida la pena por el Trabajo, como se evidencia de autos, en 8 meses, 12 días y 12 horas, y en fecha 01 año, 03 meses y 19 días, que se le suman a la pena cumplida dando un total de 06 AÑOS, 10 MESES, 01 DÍA Y 12 HORAS, por lo que se evidencia que el tiempo detenido es mayor al de la pena impuesta, se ordena la libertad inmediata del referido penado, en consecuencia de Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal, por auto separado, una vez que el penado cumpla con las penas accesorias de ley,
En relación a las penas accesor.....