Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana ESTILITA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.237.687, de este domicilio y debidamente asistida por la Abogada ANA CECILIA GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 170.148, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, ciudadana: ESTILITA PEÑA, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de Terreno Ejido, cuya ubicación, medidas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: ESTILITA PEÑA, an.....