DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, IMPONE a los ciudadanos Edderson Antonio Aranguren Salazar, C.I. Nº: 18.430.989 y WiIllians Alexander Morales Rodríguez, C.I. Nº: 24.156.125, identificados en autos, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, contenida en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas cada treinta (30) días antes la Taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal del estado Lara, por la presunta comisión del delito de Trafico de Drogas en la Modalidad de Ocultación, previsto y sancionado en el articulo 149 numeral 2º de la Ley Orgánica de Drogas.
Se acord.....