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Decisiones del dia 28/10/2008 |
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N° Expediente :
KP01-D-2008-001296
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/10/2008 |
Procedimiento: Audiencia De Presentación De Imputado |
Partes: FISCAL 18, IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA |
Resumen:
Decisión: Oída la exposición de las partes, este tribunal Primero de control de la sección penal adolescentes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Se acuerda la aprehensión en flagrancia conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Conforme al artículo 557 de la LPONA, 372 y 373 del COPP. SEGUNDO: Se ordena la tramitación de la causa por la vía del Procedimiento ORDINARIO, a fin de continuar con la investigación. TERCERO: Se le impone a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA
, DE CONFORMIDAD con el artículo 582 de la LOPNA, literales b, c y f, como lo es estar bajo el cuidado y vigilancia de su representante legal, presentación una vez cada quince (15) días y no acercarse o mantener comunicación alguna con los adultos involucrados en el mismo hecho. CUARTO: Se otorga reconocimiento médico forense, en consecuencia, líbrese los oficios correspondientes. Líbrese Boleta de Libertad y Nota de entrega .....
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Juez/Ponente:
Florangel Monasterio Moya
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A
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N° Expediente :
KP02-V-2008-1522
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/10/2008 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato |
Partes: C. A. CENTRAL, BANCO UNIVERSAL, SOCIEDAD MERCANTIL. |
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
De igual forma, y en virtud de la amenaza del aumento de la cuantía de este Tribunal se acuerda por tanto la remisión del presente expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo, en ( ) folios útiles. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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