UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el ACTA DE DEFUNCIÓN, del de cujus ASAD NAGI SALMAN, antes identificado, ya que por error asentaron lo siguiente: que nació en Bogota, siendo lo correcto en Cali, asentaron los nombres de sus padres como MAYIDA SALMAN y SALMAN NAGI, siendo lo correcto hijo de SAKIA SALMAN y KANJ SAID NAGI, asentaron los nombres de sus hijos como SIRIANA, ZEINUN, JESSICA, WAEL, siendo lo correcto SANDRA SURIANA, CAMILO ZEINOUN, JESSICA ALISAR Y WAHEL ANDRES. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 468, año 2008. Queda firme en esta misma fecha.