Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoada por la ciudadana YUDI JOSEFINA PEREZ LA ROSA contra los ciudadanos JUAN CABRERA PEREZ, PETRA OLIVIA CABRERA PEREZ, CARLOS ALEXANDER CABRERA PEREZ, FREDDY ALEXIS CABRERA PEREZ, JEFFERSON DANIEL CABRERA GARCIA, JONATHAN CARLOS CABRERA GARCIA, JUAN JOSE CABRERA GARCIA y ROSA MARGARITA CABRERA, todos suficientemente identificados ut supra, en consecuencia se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JOSE DAVID RAMOS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana YUDI JOSEFINA PEREZ LA ROSA, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinales y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 75, 24.....