Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara declara INADMISIBLE la demanda por la falta de legitimación de la sociedad mercantil INVERSIONES FINANCIERAS ATLÁNTICO, C.A., en la presente causa, por lo tanto, con lugar el recurso de apelación ejercido en fecha 28 de abril de 2015, por el ciudadano ORLANDO MEDINA VILLARROEL, en su carácter de Presidente de la referida sociedad mercantil VHPC, en consecuencia, se revoca la decisión dictada en fecha 28 de octubre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito de este Circuito y Circunscripción Judicial.
Todo ello de conformidad con las disposiciones, legales, doctrinarias y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento C.....