este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA ANUAL, en la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, instaurada por la Abogada CARMEN ADRIANA UZCATEGUI, Inpreabogado N° 47.715, actuando en este acto en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JOAO DE ABREU DE PAULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.272.572, contra el ciudadano JOSÉ EGIDIO CAPELO FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.440.317.