DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abg. Diolis Peralta Avila, en su carácter de Defensora Pública auxiliar Segunda Penal Ordinario en Defensa de los ciudadanos RICARDO MENDOZA, JOSÉ GREGORIO TORREALBA, SILVIO TORRES y WILLIAMS LEÓN, contra la decisión dictada en fecha 11 de Enero de 2016 y fundamentada en fecha 19 de Enero de 2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos RICARDO MENDOZA, JOSÉ GREGORIO TORREALBA, SILVIO TORRES y WILLIAMS LEÓN, por la presunta comisión los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTO.....