Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, todo ello de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° ° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados: Freddy Ramón Brito C.I. 7.399.963, técnico en Aire Acondicionado,, nacido en Barquisimeto en fecha 27.11-66 de 39 años de edad, casado, domiciliado en Barrio colina de la Lucha vía Principal los Positos parcela N° 27. Jhonny Piter Escalante C.I 14.269.713, Técnico Mecánico, nacido en Barquisimeto en fecha 03-03-77 de 29 años de edad, casado, domiciliado en Barrio Colina de la Lucha vía los positos casa N° 31 y Duivar Feliciano Escalante C.I. 16.867.352, Buhonero, nacido en Barquisimeto, en fecha 26-03-83 de 22 años de edad, soltero, domiciliado en Barrio Colina d.....