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Decisiones del dia 21/04/2009 |
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N° Expediente :
KP02-V-2003-482
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/04/2009 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO |
Resumen:
Visto el DESISTIMIENTO de fecha 17-04-2009, por la abogado en ejercicio MARIA BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 131.374, en su carácter de apoderada judicial de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, donde desistieron formalmente de la acción incoada y solicitan su Homologación. Ahora bien, se observa, que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que el desistimiento fue suscrito por la abogado MARIA BRICEÑO, en su carácter de apoderada judicial de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO quien tal y como consta del Poder que le fue otorgado y autorización que riela desde los folios 272 al 275 en el presente expediente, tiene facultad expresa para desistir en nombre de su representado, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa ju.....
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente :
KP02-M-2004-179
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/04/2009 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: DISTRIBUIDORA BELLAS ARTES SOCIEDAD MERCANTIL |
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de cobro de bolívares intentada por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA BELLAS ARTES SOCIEDAD MERCANTIL, representada por la ciudadana MIDDY BARRAEZ, en contra de la ciudadana AUDELINA RAMÍREZ, en su condición de librada aceptante, todos ya identificados.
En consecuencia, se condena a la demandada perdidosa a pagar en favor de la actora las siguientes cantidades de dinero: del demandado en particular:
a) La cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES VIEJOS (Bs.8.000.000,00), o su equivalente en OCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.f. 8.000,00) por concepto de capital adeudado merced a la letra de cambio.
b) La cantidad de DOS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON CI.....
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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