Este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de la demanda de COBRO DE BOLIVARES, presentada por la abogada YACKELINE QUIÑONEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 119.431 actuando en su carácter de apoderada de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A contra la sociedad mercantil GARCIA JOYEROS, C.A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 21/04/2009, bajo el N°29, tomo 27-A, y a su representante el ciudadano: CHRISTIAN GARCIA HERNANDEZ , identificados en autos.