Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA, la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, signada bajo el número de expediente indicado en el asunto, incoada por la ciudadana MAIRYS LISBETH ORTA MARCHENA, no Subsanó correctamente el error u omisión señalado en el auto de fecha 10/03/2016, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el articulo 457 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena la devolución de los documentos originales, previa certificación en autos. Cúmplase y archívese el expediente. Déjese constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-