PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION interpuesto, en fecha 17 de marzo del año 2025, por el ciudadano LUIS SABAS URE CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.776.862, asistido en este acto por la abogada KAREN YELITZA CARUCI HENRIQUEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 288.750, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Carora, en el juicio por partición, asunto KP12-V-2024-000072.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado en fecha 18 de marzo de 2025, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Carora, a través del cual admitió en el recurso de apelación, interpuesto, por el ciudadano LUIS SABAS URE CEDEÑO
TERCERO: No hay condenatoria en costas procesales del recurso, dada la naturale.....