DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por UNIVERSITAS DE SEGUROS C.A. y SIN LUGAR la apelación formulada por FANNY MARIA DEL MORAL HERNANDEZ contra la sentencia definitiva de fecha 31/10/02, en el presente juicio de DAÑOS MATERIALES Y MORALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO. La garante queda obligada solidariamente con el propietario y el conductor del vehículo, frente a la víctima y sus causahabientes, dentro de los límites y condiciones del contrato o póliza de seguro y así se establece, resultando improcedente la apelación formulada por la parte actora en este sentido. Así se decide.