DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con bases a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Parcialmente con lugar, la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana Rosangela Urriola Dejuane, ya identificada, en representación de su hijo el niñoOmitido artículo 65 Lopna, en contra del ciudadano David Jesús Bautista, ya identificado. En consecuencia, se aumenta la pensión de alimentos a la cantidad de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,oo) mensuales, que equivale al 19,75% del salario mínimo nacional, que se aumentará con el incremento del aumento del salario mínimo nacional. Además, se deberá retener el (monto equivalente) al 20% de cesta Ticket. Asimismo, se deberá retener el 20% de las bonificaciones de fin de año y el 20% de las prestaciones sociales en caso d.....