ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia  RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente", en el sentido de señalar correctamente; y que en lo sucesivo deberán aparecer PRIMERO: El número de cédula de la madre como "18.862.790"  SEGUNDO: El estado civil de la madre, como "CASADA"; TERCERO: La identidad d.el padre debiendo señalarlo como "RONAL ADALBERTO GONZALEZ BARVO, CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 16.636.856, ESTADO CIVIL CASADO";  la cual se encuentra asentada en el libro de Registro de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral  Municipio Iribarren del  Estado Lara, inserta bajo el N° 8350,  del año 2006.  A tal fin remítase a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren  del Estado Lara y al Registro Civil Principal del Estado Lara copia de la Sentencia junto con Oficio.