este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común solicitado por los cónyuges, ciudadanos YAMIR JESUS ALVAREZ TORREALBA Y JESICA MAYELI ROMERO PEÑA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nsº V-16.795.584 y V-17.572.226, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el Vinculo Conyugal contraído ante el Registro Civil de la Parroquia Cují, del Municipio Iribarren, del Estado Lara, en fecha 12 de Noviembre de 2009, bajo el No. 156, del libro de matrimonios llevado por esa autoridad durante el año 2009.
Con respecto a las Instituciones Familiares, que deben observar los progenitores, conforme lo s.....