Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la entrega plena del vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: NPR, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIÓN, USO: CARGA, TIPO: CAVA, AÑO: 2007, PLACA: 61E-DAZ, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZCFNJ6Y27V366096, SERIAL DEL MOTOR: 27V366096, solicitado por el ciudadano GILBERTO ALFREDO PARRA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.740.444, en su condición de DE REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES LA CASCADA C.A., por cuanto se observa que el mismo acreditó con suficiencia su titularidad sobre el citado bien, con ocasión al análisis de las experticias de seriales practicada y la consignación de los documentos que así lo certifican,.....