DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA de la demanda por PRESCRIPCION ADQUISITVA, interpuesta por el ciudadano YSABEL MARIA RANGEL ALVERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.630.590, contra los ciudadanos YENIFER LENISKA BELLO CABRERA, YISNEYS LENISKA BELLO CABRERA, YIRIEMNYS LENISKA BELLO CABRERA Y YOHERZON JOSE BELLO CABRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.335.890, 15.445.396, 15.776.357 y 18.262.039, respectivamente.
Por la naturaleza del fallo no se condena en costas.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA. Dada, sellada y firmada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civi.....