DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 numeral 3º ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL ACUSADO WALTER JESUS PEREZ DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.324.555, nacido en fecha 11.12.1986, edad 22 años, hijo de Brigida Duran y Francisco Perez, casado, domiciliado Urb. Eligio Macias Mujica Sector La Perseverancia casa A-9 Barquisimeto, Estado Lara, consistente de consistente de PRESENTACIONES PERIODICAS CADA 60 días ante la taquilla de presentaciones del Edificio Nacional. Se fijo para el día 18 de noviembre de 2009, el juicio oral y público. Se acordó dejar sin efecto la orden de aprehensión. Regístrese, .....