DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Gloria Josefina Baldayo, contra el ciudadano Oscar José Chacòn. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en treinta mil bolívares (Bs. 30.000,oo) mensuales a razón de quince mil bolívares (Bs. 15.000,oo) quincenales, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que la niña requiera.
Asimismo, de conformidad con el articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda las siguientes retenciones:
.- Se ordena retener el 20% de las utilidades o bonificaciones de fin de año, percibidas por el obligado, dicha cantida.....