Con los recaudos acompañados y consignada, ha quedado comprobado los errores, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el ACTA DE DEFUNCIÓN del solicitante MARIA JACINTA VARGAS DE RUIZ, ya que por errores asentaron los edades de los hijos y el Estado Civil del difunto esposo de la solicitante como TODOS LOS HIJOS MAYORES DE EDAD, y EL ESTADO CIVIL DIVORCIADO, siendo lo correcto que hay un MENOR DE EDAD, hijo legitimo RAFAEL RAMON RUIZ, y EL ESTAD CIVIL CASADO. En consecuencia, se ordena al JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE DEFUNCIÓN No. 585, año 2005. Queda firme en esta misma fecha.-