Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar ACTA DE MATRIMONIO de los ciudadanos DANILO LARESCHI FRAUMARIN y CARMEN ELENA RIVAS, ya que en el momento que se coloca los datos del ciudadano DANILO LARESCHI FRAUMARIN, se hace mención incorrecta en el lugar de nacimiento indicando que es natural de MONTEPORTA, ITALIA, siendo lo correcto MONTEFORTE D´ALPONE, Italia. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÓN MUNICIPIO IRIBARREN ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE MATRIMONIO No. 426, folio 8 fte, año 1962. Queda firme en esta misma fecha.-