REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 04 de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-011022
El ciudadano ARCADIO MIRFREDD SOSA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 14.334.251, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, ya que por error asentaron su nombre como ARCARDIO, siendo lo correcto ARCADIO. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar ACTA DE MATRIMONIO del ciudadano ARCADIO MIRFREDD SOSA MARTÍNEZ, ya que por error asentaron el nombre del solicitante como ARCARDIO, siendo lo correcto ARCADIO. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE MATRIMONIO No. 207, año 2004. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los cuatro días del mes de julio del dos mil seis. Años: 196° y 147°
La Juez
El Secretario Suplente
Abg. Tania Maria Pargas
Abg. Edward Ramos
Publicada en su fecha a las 2:00 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1710 y 0900-1711
TMP/ER/VanessaG.- EL Suscrito Secretario Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia anterior. Fecha Ut-Supra.
EL SECRETARIO SUPLENTE.,
ABG. EDWARD RAMOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 04 de Julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-011022
OFICIO Nro. 0900-1710
CIUDADANO
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL,
MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.
Remito a Ud. copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente Nº KP02-S-2006-011022, a fin de dar cumplimiento al Artículo 506 y 507 del Código Civil.
DIOS Y FEDERACIÓN,
ABG. TANIA MARIA PARGAS
JUEZ
ANEXO: Lo indicado.
TMP/VanessaG.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 04 de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-011022
OFICIO Nro. 0900-1711
CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.
Remito a Ud. copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente Nº KP02-S-2006-011022, a fin de dar cumplimiento al Artículo 506 y 507 del Código Civil.
DIOS Y FEDERACIÓN,
ABG. TANIA MARIA PARGAS
JUEZ
ANEXO: Lo indicado.
TMP/VanessaG.-
|