Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogado DELIA GONZÁLEZ DE LEAL, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el Asunto signado con el N° KP02-R-2015-000874, relativo al juicio de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, intentado por la ciudadana EGLA COROMOTO RAMOS DE MONTERO, contra la SUCESIÓN DE JULIA DEL CARMEN MELÉNDEZ. En consecuencia, remítase mediante oficio, copia certificada de esta decisión a la Juez inhibida; y por cuanto esta Alzada conoce el asunto principal, es por lo que oportunamente va hacer agregado la presente incidencia de inhibición al asunto signado con el N° KP02-R-2015-000874.-