DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena a los jóvenes DATOS OMITIDOS cumplan la sanción de Imposición de Reglas de Conducta por el Lapso de un (01) año, en la causa seguida por los delitos de de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Robo Agravado en grado de Cooperador Inmediato, previstos en los artículos 458, 277, 458 en concordancia con el 83, todos del Código Penal, fíjese para el día 18 de Marzo de 2009 a las 10:30 am, la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones