DISPOSITIVA:En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del ciudadano JOSE MAXIMIANO VEGAS REA, C.I. 10.960.706, por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser licitas, legales, pertinentes y necesarias a los fines de la celebración del Juicio Oral y Público. SEGUNDO: CONDENA al acusado JOSE MAXIMO VEGAS REA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.960.706, a cumplir una pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley .....